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Reporte de "Autoevalución de estándares mínimos del SG SST" al MinTrabajo

A partir de Diciembre del 2020 todas las empresas en Colombia deberán hacer el reporte de la "Autoevaluación de estándares mínimos del SGSST y Plan de Mejoramiento (Resolución 0312)" ante el Ministerio del Trabajo, de acuerdo a lo establecido en la Circular 71 del 2020.


"Las autoevaluaciones y planes de mejoramiento de las empresas se registrarán de manera paulatina y progresiva en la aplicación habilitada en la página web del Ministerio de Trabajo o por el medio que éste indique, a partir del mes de diciembre del año 2020.

La Dirección de Riesgos Laborales del Ministerio de Trabajo dispuso en la página del Fondo de Riesgos Laborales, el enlace: http://www.fondoriesgoslaborales.gov.co/inicio/index.html el botón "Autoevaluación y plan de Mejoramiento".


Tenga en cuenta que tendrá un tiempo de 60min y deberá indicar dentro del reporte la persona Responsable del SG SST con Licencia en Seguridad y Salud en el Trabajo y curso de 50 horas en SST, así como tambien el cumplimiento de la empresa en cada uno de los requisitos de la Resolución 0312, junto al Plan de Mejoramiento del SG SST en caso de ser requerido.


Puede consultar la Circular 71 en el siguiente link:




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